Las entidades de control electas por voto popular: caso ecuatoriano

El CPCCS, tiene como sus funciones y atribuciones el nombramiento de todas las autoridades de control del Estado Ecuatoriano. Por decisión mayoritaria de los ecuatorianos expresada en la consulta popular, se destituyó al Consejo que fue designado por el gobierno de Rafael Correa, ese Consejo nombró a las autoridades de control que permitieron la ejecución de atroces actos de corrupción en el gobierno del socialismo del Siglo XXI; ante esto, la mayoría ciudadana decidió la designación de un CPCCS transitorio, con todas las atribuciones constitucionales y legales. El Consejo transitorio evaluó y destituyó a todas las autoridades de control del Estado designadas por el gobierno de Correa y nombró a nuevas autoridades; en algunos casos transitorias y en otros definitivas; este nombramiento incluye a las autoridades del Consejo Nacional Electoral (CNE) y a la Corte Constitucional, máximo tribunal de decisión constitucional del Ecuador, que no son parte de la función de control del Estado. El CNE prepara y lleva a cabo el proceso electoral en el que, junto a las autoridades de los gobiernos autónomos descentralizados, se elegirán a los miembros del CPCCS que durarán en sus funciones seis años. Las reglas del juego electoral para los candidatos ocupar el Consejo de Participación Ciudadana son diferentes a las que se aplican en los procesos electorales. Los candidatos no son afiliados a partido político alguno, no pueden hacer campaña electoral y constan, individualmente, en tres papeletas electorales: una de hombres, una de mujeres y una tercera de miembros de nacionalidades. En esta, la primera experiencia nacional para designar a las autoridades de la función de control del Estado participan 43 candidatos. En esta ponencia se analizan los beneficios para la lucha en contra de la corrupción y para la democracia de esta forma de designación de los miembros del CPCCS.

Patricio Haro Ayerve /Universidad de postgrado del Estado