La selección de personal del sector público en el ecuador. Claroscuros del sistema de ingreso a la función pública.

Como han puesto de manifiesto algunos informes del Banco Interamericano de Desarrollo, en términos generales, el acceso al empleo público en el Ecuador sigue estando caracterizado por un uso mayoritario y discrecional de instrumentos que dan lugar a un fuerte clientelismo dentro de la administración pública de este país (Echebarría, 2006 y Cortázar Velarde, Lafuente, Sanginés, 2014). Si bien desde la entrada en vigencia en 2010 de la Ley Orgánica de Servicio Público -LOSEP-, se ha intentado revertir esta situación a través de una mayor racionalización del servicio público basada en principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, descentralización, etc. se echan a faltar en el mismo texto normativo otros como mérito, igualdad y capacidad. Y es que la estrecha relación entre política y administración pública en Ecuador y América Latina en general, no es nueva. Autores como Villoria Mendieta (2007), C. Ramió y Miquel Salvador (2005), han analizado en profundidad esta vinculación en la que el spoil system es parte inseparable de una administración pública clientelar, proponiendo el servicio civil de carrera basado en el mérito como necesaria propuesta de mejora. En el Ecuador, sobre todo en las administraciones de los Gobiernos Autónomos Descentralizados -GAD's-, se observa que un bajo porcentaje de servidores públicos han accedido al empleo público mediante un concurso de méritos y oposición, debido al abuso de otras figuras de contratación tales como el contrato ocasional, la prestación de servicios profesionales o nombramientos como el de libre remoción, que dan como resultado administraciones públicas cooptadas por el movimiento o partido de gobierno, que entran a formar parte del "botín" del ganador. Aunque no existen cifras reales, en base a los datos aportados por el Ministerio de Finanzas del Ecuador (2018), a inicios de este año existían más de 92 mil servidores públicos bajo la modalidad de contratos ocasionales, solo en el gobierno central. Lo que podría suponer que solo aproximadamente un 20% del total de servidores han accedido mediante concurso de méritos, cuando en realidad la normativa exige que solo un veinte por ciento de los funcionarios tengan este tipo de contratos.

DAVID MOLINA ROMO /UNIVERSIDAD DE SALAMANCA