Política y Justicia: armonía en la búsqueda del Bien Común.
Es un valor apreciable y entendido que en todo Estado debe existir una política judicial, es decir, cursos de acción definidos institucionalmente que implementen la función jurisdiccional propia de todo gobierno a través de sus diferentes órganos. Por el contrario, la inversión de los términos que supone la “judicialización de la política” suele tener un significado más bien cuestionable y parece aludir en el sentido común a una suerte de exceso o intromisión indebida de la actividad judicial en terrenos que serían más propios de la función legislativa o administrativa. No se trata solo de una cuestión semántica. La relación entre la justicia y la política ha sido y sigue siendo un tema abierto de profundo debate, no tan solo en los ámbitos académicos e intelectuales, sino también en la dinámica propia de la realidad política en todos los ámbitos. Está claro que a partir del constitucionalismo cada uno de los poderes tienen sus propios roles y cometidos, y que los mismos están llamados a interactuar de muy variadas maneras. Desde una concepción filosófica que resguarda la dignidad humana y los derechos personales, frente a toda decisión que vulnere unos mínimos fundamentales los jueces deben siempre actuar para reparar ese “piso” de derechos. Pero también debe señalarse que las políticas públicas deben definirse e implementarse conforme a criterios y parámetros que corresponde mejor sean definidos por la sana política antes que por una sentencia judicial. No hay Bien Común en sentido verdadero cuando la satisfacción de los derechos humanos básicos se encuentran en riesgo. Todos los órganos y poderes del Estado están llamados a intervenir en esos casos, debiendo la Justicia muchas veces remediar las posibles deficiencias de otros órganos estatales, pero procurando que su intervención no implique una disfuncional injerencia. La prudencia judicial y la recta búsqueda del Bien Común marcarán los mejores límites.