Más allá de la democracia directa y de la democracia deliberativa: Abensour y Rancière en discusión.

Esta ponencia busca problematizar dos tendencias muy predominantes para pensar la democracia. La primera de ellas es la liberal-republicana. En esta aproximación encontramos la posición de Jürgen Habermas para quien la democracia debe comprenderse a través de la necesidad de solucionar la tensión entre acción política e institución a partir de la fuerza pragmática del lenguaje. La segunda posición, más cercana a una crítica al derecho positivo, invierte la comprensión habermasiana. Para este enfoque, que podemos rastrear en la obra de Benjamin y Agamben, la verdadera democracia es aquella que se opone al Estado y por lo tanto a todo principio de representación, de ahí que se pueda deducir que la democracia, para esta perspectiva, debe ser directa y sin mediación del derecho. Para problematizar estas dos aproximaciones, esta ponencia podrá en discusión dos perspectivas de la teoría política contemporánea que se rehusan a aceptar la oposición entre democracia directa (en contra del Estado) y democracia representativa (sumisa al derecho positivo): se trata de las reflexiones de Jacques Rancière y de Miguel Abensour. Estos dos pensadores permitirán desarrollar una comprensión conflictiva de la relación entre democracia y Estado más allá de su mera oposición o complementación. Finalmente, para ilustrar esta dimensión conflictiva, se hará un breve análisis de caso concerniente a la movilización campesina en Colombia en la década de los setentas del siglo pasado. Se pondrá entonces a prueba la comprensión conflictiva de la democracia a la luz del nacimiento de la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos (Anuc) en el marco de un decreto presidencial para llevar a cabo una reforma agraria y las posteriores movilizaciones que se llevaron a cabo a partir de las denominadas tomas de tierras llevadas a cabo por esa asociación. Con esto se dará cuenta que si bien la Anuc nace en el seno del Estado Colombiano, su posterior desenvolvimiento entró en conflicto con los tiempos y los procedimiento y los plazos de las instituciones estatales.

Christian Julián Fajardo Carrillo /Pontificial Universidad Javeriana